Micelio
Auto13 de diciembre de 2017

A- de 2017

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jose Huber Rodriguez Urbano·Demandado Emssanar E.S.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia de Tribunal Superior para conocer recurso interpuesto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Laboral y Civil-Familia del Tribunal Superior de Pasto.

En este caso la Sala Laboral se abstuvo de asumir el conocimiento de la acción de tutela argumentando que, acorde con el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, la Sala Civil-Familia era la competente para asumir el trámite de segunda instancia por ser superior jerárquico funcional de los jueces de familia de ese distrito judicial.

Por su parte, la Sala Civil-Familia planteó el conflicto tras considerar que todas las autoridades judiciales tienen la calidad de jueces constitucionales y, por lo mismo, no importa la especialidad, sino la jerarquía.

La Corte considera que la precitada Sala es quien debe dar trámite y decidir sobre la impugnación formulada, al ser la autoridad que funge orgánica y funcionalmente como superior jerárquico del juzgado que actuó como primera instancia, esto es, el Cuarto de Familia de Pasto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 24 de agosto de 2017 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Pasto (Nariño), a través del cual se abstuvo de tramitar la impugnación formulada por la Asociación Mutual Empresa Solidaria de Salud (EMSSANAR E.S.S.) y el Instituto Departamental de Salud de Nariño, dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor José Huber Rodríguez Urbano, en representación de una menor.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3108 a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Pasto (Nariño), para que asuma el conocimiento inmediato de la impugnación presentada dentro del proceso de tutela de la referencia.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR a las partes y a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto (Nariño), la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.